martes, 19 de abril de 2011

NUEVAS INTERVENCIONES POLICIALES O SIMPLE APLICACIÓN DE RECURSOS


Hace pocos días que se ha puesto en el centro de la opinión pública, por intermedio de los distintos medios de prensa y de los diversos poderes políticos, los operativos policiales que se denominan “mega-operativos”, esto en el marco de diversos movimientos políticos que tienen como destino la seguridad pública, léase declaraciones oficiales, recolección de firmas y diversos proyectos de leyes que versan sobre la materia.
Probablemente muchos de ustedes ya han participado en algunos de ellos, o bien participaremos en breve y unos y otros sabemos que esta modalidad, exceptuando la intervención aérea y la del vocero para la prensa, no es nueva en materia de intervenciones policiales. Recordemos las intervenciones de grupos como “El Táctico”, entre muchos otros, que incurrían en los asentamientos y barrios con niveles de conflictividad alta.
La regulación legal, a este respecto, si bien ha presentado mutaciones en relación a las formas de proceder de la fuerza pública por virtud de la ley 18.315, no puede hablarse de una modificación sustancial en materia de normativa penal. Pero desde diversos medios de prensa y de operadores políticos se insiste en la dudosa legalidad de todos los aspectos de dichas intervenciones.
Se ha visto, por diversos medios de prensa, que el Ministerio del Interior dispuso de un vocero presente en cada operativo, a los efectos de explicar a los distintos medios los alcances y los resultados preliminares de los mismos.  Sorprende, por ese motivo, que desde las filas gubernamentales surjan estas opiniones que cuestionan los mismos, como la del ex Sub Secretario Juan Faroppa el cual señaló “En una acción policial basada  en la ley la Policía actúa de acuerdo a órdenes precisas de la Justicia. No se trata de realizar detenciones masivas sin ningún resultado" en declaraciones a un medio de prensa (ver nota; http://demoecom810.espectador.com.uy/1v4_contenido.php?id=210181&sts=1).
Es un error sostener que los policías sólo proceden por “órdenes precisas de la justicia” en el marco de un operativo de esta clase que hasta está regulado en la nueva ley de procedimiento policial,  porque va de suyo que si en medio de un registro personal, quien es sometido al mismo le falta el respeto a los policías actuantes o presenta resistencia a dicho proceder, naturalmente debe ser detenido, en ambos casos, por así estar regulado en el Código Penal. Del mismo  modo que si existe semiplena prueba (artículo 15 de la Constitución) a tales efectos y no como se ha sostenido, erradamente, sólo por delito flagrante o por orden escrita de un juez. Además, cabe recordar, que en los dos casos que hemos puesto de ejemplo, también estarían en delito flagrante…
A pesar de estas turbulencias, la preocupación principal que puede presentarse es, por cuanto tiempo la cartera de gobierno mantendrá estos operativos y, más aun, si estos realmente están innovando en algo las facultades o poderes que la fuerza pública tiene o si en realidad ha puesto más interés y meramente ha coordinado y aplicado los recursos que siempre tuvo a su alcance…
De todas formas, es nuestra opinión que dicha cartera de gobierno no ha implementado, a excepción de la supervisión aérea y la del vocero, ningún recurso nuevo, sino que por el contrario se han coordinado de una forma más inteligente y lo más importante los han puesto en práctica y los han supervisado, cosa que no pasa con muchos operativos que se disponen a diario desde las distintas cúpulas de los comandos.
Sobreviene, por virtud estos hechos, la evidente verdad de que al dotar a los policías de recursos materiales y rodearlos de ciertas garantías, tanto legales, institucionales, de infraestructura y de tecnología se abren toda una gama de efectividad en materia de prevención y represión del delito que, hasta el momento, no se proporcionaban, ni se proporcionan, a las distintas comisarías seccionales de Montevideo, donde toda la infraestructura y los recursos colapsan a diario y en el marco de la actividad normal. Por ese motivo es necesario volcar la mayor cantidad de recursos a estos lugares porque, no escapa a nadie, que si ellos tuvieran los medios y el personal suficiente de acuerdo a los requerimientos de seguridad, estos operativos no serían necesarios.
Probablemente no hacemos más que reiterar una inquietud que muchas veces se han realizado, por parte de los policías, a los distintos sindicatos policiales, a las autoridades policiales, y hasta la prensa últimamente por parte de algunos efectivos. Pero, al mismo tiempo, no creemos que sea un gesto menor el ubicar algunas pequeñas precisiones, sobre todo cuando se está desvirtuando el trabajo de los policías actuantes, siendo que esto es fruto de las innumerables carencias que toda Dirección de Seguridad presenta. Ya en este contexto volvemos a reiterar una verdad irrefutable, Dirección de Seguridad no está desbordada como gustan de decir algunos operadores de la seguridad sino que está, desde su creación, mal diseñada y trabaja en un colapso creciente y permanente en términos humanos y materiales.

                                      Miguel Barrios.-