domingo, 14 de marzo de 2010

SINDICATOS POLICIALES, INCAPACES DE DEFENDER A SUS SOCIOS.

Por Miguel Barrios.


Una de las ideas más emblemáticas, que históricamente han sostenido las diferentes organizaciones sindicales alrededor del mundo, es la defensa conjunta de los intereses colectivos y particulares de sus asociados. Podríamos decir que es la “idea madre” de toda asociación de orden sindical, sin duda alguna. Esto implica necesariamente la suma de las diferentes fuerzas, tanto intelectuales así como económicas, puestas a disposición de esa defensa, por innumerables razones, pero principalmente una, que reside en el seno de todas las sociedades desde tiempos inmemoriales, hablamos de las desigualdades socioeconómicas de los trabajadores en relación a sus empleadores, ergo de las desigualdades en materia de recursos a la hora de defender los derechos de aquellos últimos.



Ahora bien, las realidades mas recientes, en esta materia, nos muestran una verdadera ausencia de defensa, o respuesta jurídica, por parte de los sindicatos policiales a la hora de representar a sus socios, cuando estos padecen alguna clase de violación a sus derechos. Lo único que parecen brindar los mismos, una vez configuradas las situaciones que dan lugar al accionar jurídico en pos de proteger o reestablecer el goce de los derechos violados de sus socios es una mera asesoría, la cual frecuentemente, no atiende a los improrrogables plazos legales, sino a la disponibilidad horaria de los abogados. En otras palabras, los términos y condiciones, en las cuales se prestarán los servicios de asesoría los dispone no quien contrata, sino el contratado.



Generalmente los casos llevados adelante con el fin de interponer recursos constitucionales (Art. 317) o reclamos internos (Art. 44) respecto de sanciones aplicadas injustamente, son costeados por los propios socios, de su bolsillo, mientras el sindicato se mantiene al margen de la temática económica, aun habiendo recibido solicitud de ayuda de éstos afiliados.



Una vía de descompresión que estableció el gobierno son las denuncias que, en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, pueden realizarse aun sin firma letrada. Pero este hecho en si y aun contando con la voluntad y preocupación de algunos representantes sindicales, no es ni de lejos la solución a una problemática actual que pronto pasará de ser esporádica a ser establecida con carácter permanente entre los socios vistos los último sucesos que han afectado a la compañera Claudia Quintana del Departamento de Flores, Carlos García Huttón del Departamento de Rocha y a quien escribe en el Departamento de Montevideo.



Sin duda alguna, tenemos más compañeros que quisieron accionar, y económicamente no poseían los montos necesarios, y otros que aun queriendo hacerlo y poseyendo los mismos, económicamente le era menos perjudicial cumplir la medida disciplinaria injusta, y no reclamarla, que hacer todo lo contrario. Al margen quedan los que no teniendo ni tiempo, ni dinero intentaron conectarse con los abogados de los sindicatos y una vez enterados de los plazos y los montos que se acordaron para los casos de representación, se quedan preguntando para que están afiliados.



El problema, no radica sólo en la forma en como trabajan los abogados de los sindicatos, sino en las condiciones que se pactan entre la organización y los abogados al momento de acordar y contratar los servicios de éstos últimos. Por otro lado, la nefasta idea de escatimar recursos en la representación legal de los socios vuelve invisible las herramientas jurídicas que, como sindicato, son capaces de dar las diversas organizaciones, reduciéndolas a la capacidad económica que tenga el socio afectado. El cual tiene que enfrentar a toda la administración con sus magros recursos en las condiciones mas hostiles y perversas que uno pueda imaginar.



Cabe preguntarse ahora, cuando las persecuciones sindicales ya son una realidad, y los casos de acoso laboral, moral y sexual irrumpen en la vida de nuestros compañeros con todo el peso y sufrimiento que contraen las injusticias, cuando estas se perpetúan a discreción y con longevas prerrogativas no reglamentadas, ni controladas por el Ministerio del Interior; ¿Que harán las organizaciones sindicales policiales por sus socios?



Ya ha quedado irrefutablemente demostrado que los métodos tradicionales, marchas, movilizaciones, entrevistas con las autoridades, notas en la prensa, e incluso la huelga, poco puede aportar vistas las realidades venideras, a la angustiante y opresora situación que resisten los socios. ¿Cual es el camino que nos queda si no es el jurídico?



¿Donde esta la fuerza de la unidad sindical si seguimos negociando, administración tras administración, derechos que nos son propios y que por su naturaleza no admiten otra respuesta que la jurídica, ni otra demora que la que la ley señale?



Los sindicatos policiales deben reconsiderar las respuestas jurídicas que les proporcionan a sus socios hasta el momento, redoblando los recursos que se destinan a la cuasi “virtual asesoría legal”, para cambiarla por representación permanente, eficaz y gratuita.



Y estos cambios deben ser inmediatos, por la elemental razón de que las medidas administrativas de las cuales son objeto los socios repercuten de forma igual (es decir, inmediata) en sus familias, economías, y en sus derechos. Pero si los sindicatos policiales no pueden defender a sus socios diseñando procedimientos automáticos, ágiles y efectivos para lograr una defensa jurídica gratuita, que de respuesta a las necesidades de los sus integrantes, y que no dependan de las voluntades particulares de los representantes, ni de las de los abogados, sino sólo de las razones legales, no puedo racionalmente encontrar otra razón o motivo que los justifique.



Esta es la quinta vez que escribo sobre este tema, y desde la primera hasta hoy nada ha cambiado en esta área, cabe preguntarse; ¿Que otro momento mas propicio que el que se vive hoy, han tenido los sindicatos policiales para volver realidad esta imperdonable omisión para con sus socios? Sin olvidar, al preguntarnos esto, que todos han crecido, de diferente forma, en base a un accionar jurídico que, por vez primera, a orientado sus esfuerzos y recursos a la prosecución de justicia, muy lejos de las negociaciones de derechos. Esta es la prueba más contundente que puede sostener lo que se viene de afirmar en estas líneas.